viernes, 4 de enero de 2019

NUEVA NTS-009/18 PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Se aprobó la Norma Técnica de Seguridad NTS-009/18 PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE PROGRAMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. Aprobada por Resolución Ministerial No.- 1411/18, dejando sin efecto la Resolución Ministerial Nº 259/07 que aprobó la escala de costos a nivel nacional para trámites de aprobación de los Planes de Higiene, Seguridad Ocupacional y Manual de Primeros Auxilios.



6 comentarios:

  1. Buen dia, la presentacion del programa es obligatorio solamente para las Empresas privadas, nacionales y extranjeras que se encuentran en operación o en etapa de ejecución de proyectos de construccion, cierto? ¿no aplica para ninung otro rubro mas que de construccion?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. El Programa de Seguridad y Salud en el trabajo aplica a todos los rubros, menos a los mencionados en el D.L. Nº 16998 Ley de Higiene y Seguridad Ocupacional y Bienestar:

      Quedan excepcionadas:
      1. Las realizadas por las Fuerzas Armadas y los Organismos de Seguridad del Estado en el
      ejercicio de sus funciones específicas;
      2. Las efectuadas en el domicilio del trabajador;
      3. Las efectuadas por la familia del empleador en el domicilio de éste.

      Eliminar
  2. Las empresas que no tienen personal dependiente, están obligados a presentar el programa?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Según el D.L. 16998 las empresas que tiene a partir de 1 trabajador ya deben cumplir con todas las disposiciones legales aplicables. También depende mucho de la actividad que realiza su empresa.

      Eliminar
  3. Una empresa del rubro de la construcción, que tiene varios proyectos, con un numero de trabajadores distintos en cada uno de ellos, ¿debe presentar un P.S.S.T. distinto por proyectos?

    ResponderEliminar
  4. Exactamente, se debe presentar un PSST por cada proyecto.

    ResponderEliminar